La ITV, inspección obligatoria

La inspección técnica de vehículos (ITV), está destinada a asegurar el cumplimiento de las condiciones técnicas para vehículos en circulación con el único objetivo de garantizar la seguridad de ocupantes y resto de personas de la vía, reducir al máximo el riesgo de lesiones por causas técnicas, y proteger el medio ambiente.

Por ello, pasar la ITV es obligatorio por ley para todos los vehículos que cumplan ciertas características de antigüedad.

¿Cada cuánto hay que pasarla? 

Los coches y motos que cumplan cuatro años desde su primera matriculación. Desde ese momento, tendrá que pasarla regularmente cada dos años, hasta que el vehículo cumpla diez años de antigüedad. A partir de entonces la periodicidad de la revisión pasa a ser anual.

En el caso de los vehículos industriales, estos periodos se acortan, ya que se entiende que estos vehículos tienen un uso más intensivo que un simple turismo: la primera revisión es a los dos años, y en un periodo de cada dos años hasta que cumplen seis desde la matriculación. A partir de aquí, la periodicidad pasa a cada seis meses.

Otros factores que obligan a pasar la ITV 

Son conocidas como las inspecciones de tipo no periódico e incluyen pre matriculaciones; duplicados de tarjeta de ITV; o si se somete al coche a cualquier transformación importante: montaje de neumáticos de distintas dimensiones de las establecidas en la ficha técnica, instalación de accesorios en la carrocería, paragolpes, tomas de aire o incluso un cambio de motor o bastidor que altere o modifique los códigos de identificación.

¿Dónde se realizan las inspecciones?

Las estaciones ITV son empresas especializadas, que pueden estar gestionadas directamente por ciertas comunidades autónoma o por empresas privadas que han sido autorizadas por el respectivo gobierno autónomo.

Esta singularidad hace que los precios por cada inspección puedan variar entre una comunidad y otra, aunque no hay diferencias entre las estaciones de una misma comunidad.

¿Qué se revisa en la ITV?

  • Datos administrativos: Se comprueba que el número de bastidor, matricula, marca y modelo coincida con el de la ficha técnica. Si no fuera así, en la ITV están obligados a denunciarlo a la Policía.
  • Del exterior: acondicionamiento de espejos, visibilidad, estado de las lunas, placa de matrícula, restos de óxido que puedan afectar la estructura del bastidor, elementos sueltos o desprendidos como paragolpes en mal estado, entre otros.
  • Del interior: estado y funcionalidad de los cinturones de seguridad, ventanillas en buen funcionamiento, sistema de cierre centralizado, etc.
  • Señalización y luces: Se comprueba todo. Luces de cruce, de posición, largas y su haz de luz, intermitencia, luces de freno, incluida la tercera, etc.
  • Mecánica:
  • Frenado: Sistema de frenado, posibles fugas, estado de discos y tensado del freno de mano.
  • Dirección: Se comprueban holguras, fugas o defectos graves de alineación
  • Suspensión y ejes: Se repasan articulaciones, rótulas, muelles y el estado de los amortiguadores.
  • Motor: Ruidos, vibraciones, fugas graves de aceite o refrigerante; pero, sobre todo, se comprueban que las emisiones de monóxido de carbono estén valores permitidos.
  • Neumáticos: Se comprueba el estado de la rueda en general, que la llanta y medida del neumático coincida con el/los homologados en la ficha técnica, salvo vehículos que se determine de otra forma. También se comprueba el estado de la banda de rodadura, su profundidad de dibujo con un límite máximo justo antes del testigo de desgaste.

Y si todo va bien…

Saldrás tranquilamente de la estación hasta la próxima visita. Pero también es probable que encuentren algunas faltas, que, si son leves, pueden aceptar el paso por la ITV, pero si son Graves o Muy Graves, estarás obligado a repararlas y volver a pasar la ITV.

Si lo haces antes de 15 días, normalmente lo harás sin cita previa y sin abonar otra vez el coste de la inspección. Pasado ese periodo, la ITV dará aviso a Tránsito para que dé de baja tu vehículo por vía administrativa.

Existe el caso de poder alargar más ese periodo para reparaciones complicadas y caras, pero para ello, tendrás que pedir y pagar una solicitud de rehabilitación extraordinaria.

Has de saber que…

La multa por no llevar o tener la ITV caducada son 150 euros, 200 si circulas con un coche con la ITV no superada por fallos graves y no puedes demostrar que vas a la estación de inspección o al taller y 500 euros si la inspección ha salido negativa por fallos muy graves.

Además, tal y como apunta la compañía de seguros Urquía&bas en su blog (http://urquiabas.com/2015/12/15/3-casos-que-no-cubre-el-seguro-de-tu-coche/), donde podemos saber qué casos no cubre el seguro de tu coche, en caso de accidente, tu compañía aseguradora podría no cubrirte alegando que no tenías la ITV en orden.